Normativas
En Contenedores Jokin actuamos como entidad que presta servicios de gestor de residuos a toda la Comunidad de Navarra.
En Contenedores Jokin actuamos como entidad que presta servicios de gestor de residuos a toda la Comunidad de Navarra.

En concordancia con nuestros principios de responsabilidad, profesionalidad, cumplimiento, ética y garantías de todos nuestros trabajos, nos acogemos a la siguiente normativa de gestión de residuos que rige los servicios que tenemos a su disposición:
El Plan Estatal Marco de Gestión de Residuos (PEMAR) es un instrumento que pretende orientar la política de residuos, buscando las medidas para mejorar los procesos con el fin de obtener un resultado ambiental más positivo.
Dicho plan incluye la regulación de los sistemas de gestión de todos aquellos residuos domésticos, comerciales, industriales, agrarios y sanitarios, entre los que cabe destacar:
La normativa de gestión de residuos existe debido a la necesidad de garantizar la protección de la salud humana y aportar al sostenimiento y protección del medioambiente, buscando regular a quienes desarrollamos actividades que puedan contribuir a la contaminación.
La correcta gestión de residuos debe ser percibida y puesta en práctica por nosotros los sectores empresariales, por los habitantes y por todos los organismos implicados en dicha tarea, con el fin de que se perciban todos los beneficios ambientales, económicos y sociales de las acciones que se realizan en pro de dar un mejor tratamiento a los mal llamados “desechos”, que en realidad son residuos.
En nuestro caso, cuando estos vienen juntos, los separamos según su origen con el fin de ser llevados directamente a las respectivas centrales de reciclado.
Lo que busca la normativa de gestión de residuos es que las empresas que trabajen en sectores como el nuestro realicen una tarea de gran utilidad para proteger el medioambiente y por ende la salud humana a través de una correcta gestión que consiste en tareas de prevención, preparación para la reutilización, reciclado, valorización y eliminación.
La normativa de residuos no afecta únicamente a las empresas que se dedican profesionalmente a la recogida, transporte o tratamiento. Las empresas que generan residuos también tienen obligaciones concretas relacionadas con su correcta separación, almacenamiento, entrega y trazabilidad.
La Ley 7/2022, de residuos y suelos contaminados para una economía circular, establece que el productor inicial o poseedor debe garantizar que sus residuos reciben un tratamiento adecuado. Esta gestión puede realizarse directamente cuando se dispone de la autorización correspondiente o mediante un gestor registrado que se encargue de las operaciones necesarias. Además, determinadas actuaciones deben poder acreditarse documentalmente.
Por este motivo, contratar un servicio profesional de gestión de residuos no consiste simplemente en colocar un contenedor y retirarlo cuando esté lleno. Es necesario que el residuo sea identificado correctamente, se gestione por la vía adecuada y llegue a una instalación autorizada para su tratamiento.
En la práctica, esto resulta especialmente importante para industrias, empresas de construcción, talleres, comercios, almacenes, empresas de mantenimiento y cualquier actividad que genere residuos de forma habitual.
Una correcta gestión comienza en el propio lugar donde se generan los residuos. La separación en origen facilita el reciclaje, evita mezclas incompatibles y permite que cada residuo siga el tratamiento que le corresponde.
La normativa contempla obligaciones específicas respecto al almacenamiento, mezcla, envasado y etiquetado de los residuos. En especial, los residuos peligrosos requieren unas condiciones de almacenamiento y manipulación mucho más estrictas que los residuos no peligrosos.
Por ello, antes de solicitar la retirada de residuos conviene identificar:
Una separación adecuada desde el primer momento puede evitar problemas durante la recogida y, además, favorecer que una mayor cantidad de materiales pueda destinarse a reutilización, reciclaje o valorización en lugar de acabar en operaciones de eliminación.
Uno de los aspectos que ha adquirido mayor relevancia dentro de la normativa actual es la trazabilidad de los residuos.
La trazabilidad permite conocer el recorrido que sigue un residuo desde el momento en que se genera hasta que recibe el tratamiento correspondiente. Esto aporta mayor control tanto al productor como al gestor y facilita las labores de inspección por parte de las administraciones competentes.
La Ley 7/2022 establece que el productor inicial o poseedor debe poder acreditar documentalmente la correcta gestión de sus residuos. Además, su responsabilidad no termina necesariamente en el momento de entregar el residuo a un tercero: la normativa contempla la necesidad de acreditar el tratamiento completo mediante la documentación correspondiente y, cuando proceda, mediante un certificado o declaración de la instalación de tratamiento final.
Por esta razón, para una empresa es recomendable conservar la documentación relacionada con las retiradas y tratamientos realizados.
Una gestión de residuos correctamente documentada aporta seguridad jurídica, facilita el control interno y permite demostrar ante la Administración que los residuos han seguido el circuito adecuado.
El transporte de residuos está sometido a requisitos específicos. El Real Decreto 553/2020 regula los traslados de residuos dentro del territorio español y establece diferentes documentos y procedimientos destinados a garantizar el control de estos movimientos.
Entre los conceptos fundamentales se encuentran el contrato de tratamiento de residuos y el documento de identificación, que permiten determinar qué residuo se traslada, quién interviene en la operación, cuál es su origen y cuál será su destino.
El documento de identificación acompaña al residuo durante el traslado en los supuestos previstos por la normativa. El contrato de tratamiento, por su parte, establece las condiciones bajo las cuales la instalación de destino acepta y trata los residuos, incluyendo aspectos relacionados con sus características y con posibles incidencias o rechazos.
Esto significa que el traslado de residuos debe entenderse como una operación regulada y trazable, no como un simple transporte de materiales de un punto a otro.
Las obras de construcción, reforma y demolición cuentan con obligaciones específicas. En España, el Real Decreto 105/2008 establece el marco básico para la producción y gestión de los residuos de construcción y demolición (RCD), mientras que Navarra dispone además de regulación propia mediante el Decreto Foral 23/2011.
La normativa diferencia las responsabilidades del productor y del poseedor de los residuos.
El productor debe contemplar en el proyecto de ejecución, cuando corresponda, un estudio de gestión de residuos de construcción y demolición, que incluye aspectos como la estimación de las cantidades que se generarán, las medidas de prevención, el destino previsto y los costes asociados a su gestión.
Por su parte, quien ejecuta la obra y tiene físicamente los residuos debe aplicar las medidas previstas para su correcta gestión y, cuando no los gestione directamente conforme a la normativa, entregarlos a un gestor habilitado.
La separación de los RCD resulta fundamental para facilitar su posterior valorización.
El Real Decreto 105/2008 establece determinadas fracciones que deben separarse cuando las cantidades generadas en la obra superan los umbrales establecidos. Entre ellas se encuentran hormigón, ladrillos y materiales cerámicos, metales, madera, vidrio, plástico y papel y cartón.
La separación puede realizarse preferentemente en la propia obra. Cuando las características del espacio no permitan efectuarla técnicamente, la normativa contempla que determinadas operaciones puedan llevarse a cabo posteriormente en una instalación de tratamiento.
Esto tiene una consecuencia práctica muy importante: no todos los residuos de una obra deben considerarse un único tipo de escombro. Una correcta clasificación permite mejorar su aprovechamiento y evitar que materiales que podrían reciclarse terminen mezclados con otros residuos.
En Navarra existe un procedimiento específico para el registro de constructor y poseedor de residuos de construcción y demolición.
Este registro está dirigido a personas físicas o jurídicas que ejecutan obras de construcción o demolición, incluidos constructores, subcontratistas y trabajadores autónomos. Entre sus objetivos se encuentra garantizar la correcta gestión de los residuos generados en este tipo de trabajos.
El procedimiento contempla, entre otros aspectos, la constitución de una garantía para responder del cumplimiento de las obligaciones relacionadas con la correcta gestión de los RCD. El Gobierno de Navarra establece actualmente importes diferenciados en función del volumen de residuos previsto: 1.000 euros para obras cuyos RCD no superen los 50 m³ y 50.000 euros cuando se superen los 50 m³, según la información oficial del trámite.
Por ello, antes de comenzar una obra conviene comprobar qué obligaciones administrativas corresponden al proyecto concreto y quién debe asumirlas.
Una cuestión especialmente importante para empresas y profesionales es determinar quién responde de los residuos generados.
La Ley 7/2022 establece que los residuos siempre tienen un responsable respecto de las obligaciones derivadas de su producción y gestión. Esta responsabilidad puede corresponder al productor inicial, al poseedor o al gestor, según las circunstancias y las obligaciones establecidas legalmente.
Esto explica por qué no es suficiente con entregar residuos a cualquier empresa que disponga de vehículos o contenedores.
El productor debe asegurarse de que la persona o empresa a la que entrega sus residuos está habilitada para realizar las operaciones correspondientes y de que la gestión queda correctamente acreditada.
Elegir un gestor adecuado es, por tanto, una parte esencial del cumplimiento de la normativa de residuos.
La mezcla de residuos puede dificultar considerablemente su posterior aprovechamiento.
Cuando materiales de diferentes características se depositan juntos, puede resultar más complicado clasificarlos y, en determinados casos, esa mezcla puede impedir que sean destinados a determinadas operaciones de valorización.
Por eso, una gestión profesional comienza antes de la retirada: es necesario determinar qué residuos se están generando y seleccionar el sistema de almacenamiento y recogida más adecuado para cada uno.
En una obra, por ejemplo, puede ser necesario diferenciar los residuos minerales de otros materiales como madera, metales, plásticos o residuos que puedan presentar características peligrosas.
Una buena planificación permite reducir incidencias, optimizar el espacio disponible y mejorar las posibilidades de recuperación de los materiales.
Los residuos peligrosos requieren especial atención debido a los riesgos que pueden representar para las personas y el medio ambiente.
Su gestión implica aplicar medidas específicas de identificación, separación, almacenamiento, envasado, etiquetado, transporte y tratamiento, de acuerdo con las características de cada residuo.
No debe mezclarse un residuo peligroso con otros residuos cuando esa mezcla pueda generar riesgos o dificultar su tratamiento. La normativa establece obligaciones específicas para su almacenamiento y gestión y exige que las operaciones realizadas puedan quedar debidamente acreditadas.
En consecuencia, ante un residuo cuya peligrosidad no esté clara, lo recomendable es consultar previamente con un gestor especializado en lugar de depositarlo junto a residuos convencionales.
Aunque existe una legislación estatal que establece el marco general de la gestión de residuos, determinadas materias cuentan con regulación y procedimientos específicos de las comunidades autónomas y de las entidades locales.
En Navarra, por ejemplo, existen trámites propios relacionados con los residuos de construcción y demolición y normativa específica como el Decreto Foral 23/2011.
Además, las condiciones concretas relacionadas con determinadas actividades pueden depender del tipo de residuo, de la obra, del municipio, del sistema de gestión utilizado y de las autorizaciones que correspondan.
Por eso, no existe una única respuesta válida para todos los casos. Una empresa de Pamplona que genera residuos industriales no necesariamente tendrá las mismas obligaciones que un particular que realiza una pequeña reforma, una constructora que ejecuta una demolición o un taller que genera residuos peligrosos.
La recomendación es comprobar siempre la normativa aplicable a la actividad y al residuo concreto antes de iniciar su gestión.
Para reducir riesgos y facilitar el cumplimiento, una empresa puede seguir una serie de pasos básicos:
Este proceso permite pasar de una gestión basada únicamente en la retirada de residuos a un sistema orientado a la trazabilidad, el cumplimiento legal y la valorización de materiales.
En Contenedores Jokin entendemos que la gestión de residuos debe realizarse con una visión integral. No se trata únicamente de proporcionar un contenedor, sino de facilitar que los residuos generados por una obra o actividad empresarial puedan seguir un circuito de gestión adecuado.
Desde nuestras instalaciones de Mutilva Baja, prestamos servicios relacionados con la recogida, transporte y gestión de residuos en Navarra, adaptándonos a las características de cada proyecto y del material generado.
Para determinar el sistema más adecuado es importante conocer previamente qué residuo se va a generar, qué cantidad aproximada existe, dónde debe colocarse el contenedor y cuál será el destino del material.
Si tienes dudas sobre la normativa aplicable a tus residuos, sobre el tipo de contenedor que necesitas o sobre la gestión de los residuos generados por una obra o actividad profesional, puedes contactar con Contenedores Jokin para estudiar tu caso y encontrar una solución adecuada.
Cuando la empresa no realiza legalmente el tratamiento por sus propios medios, debe entregar los residuos a una entidad o empresa habilitada para realizar las operaciones correspondientes. La Ley 7/2022 contempla expresamente la entrega a gestores registrados o a entidades autorizadas para la recogida y tratamiento, además de la obligación de acreditar documentalmente la gestión.
No necesariamente. La normativa establece que la responsabilidad del productor o poseedor puede mantenerse hasta que se acredite adecuadamente el tratamiento completo en los términos previstos. Por ello es importante conservar la documentación que demuestre el correcto destino de los residuos.
Los RCD están regulados a nivel estatal, entre otras normas, por el Real Decreto 105/2008, y en Navarra existe regulación específica mediante el Decreto Foral 23/2011. Además, debe tenerse en cuenta la normativa general de residuos y las disposiciones que resulten aplicables a cada obra.
En determinadas circunstancias sí. La normativa establece la separación de determinadas fracciones de RCD cuando se superan los umbrales establecidos. La separación favorece además el reciclaje y la valorización posterior de los materiales.
Dependiendo del tipo de residuo y del traslado, pueden resultar necesarios diferentes documentos, entre ellos el contrato de tratamiento y el documento de identificación regulados por el Real Decreto 553/2020. Los requisitos concretos dependen de las características del residuo y del traslado.
No necesariamente. Existe un marco estatal y autonómico, pero determinadas cuestiones pueden estar condicionadas por procedimientos administrativos y ordenanzas locales. Por ello, ante una obra o actividad concreta conviene comprobar también los requisitos del municipio donde se generan o depositan los residuos.
Lo más recomendable es no mezclarlo con otros residuos hasta determinar su naturaleza. Una correcta identificación previa permite elegir el contenedor, sistema de almacenamiento, transporte y tratamiento que correspondan y evita posibles problemas durante la gestión.